RED de RUTAS




Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F.

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal


Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal

Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal



Formato para solicitud de Acceso a la Información Pública

Formato de solicitud de Datos Personales

Formato de Recurso de Revisión

Formato de Consentimiento para Difundir o Ceder Datos Personales

Formato de Revocación del Consentimiento


 
Encuesta
¿La Información presentada en esta sección de transparencia ha sido de su interés?
 

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL D.F.

El Artículo 3o. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece que la información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien del dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable. Esta sección promueve tu derecho de acceso a la información pública: te da a conocer los temas, documentos y políticas que este ente se obliga a publicar de conformidad con la Ley.

Oficina de Información Pública
Con la finalidad de transparentar el ejercicio de la función pública la Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal pone a su disposición la Oficina de Información Pública.

Titular de la Oficina de Información Pública:
C. Judith Concepción Coronel Morales,
Responsable de Atención al Público:

Mónica M. Plata Luna
Tel. 5705-4177 ext. 2717

Horario de atención al público de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes
Serapio Rendón No. 114, P.B. Col. San Rafael,
C.P. 06470, Deleg. Cuauhtémoc
Si desea solicitar información pública, usted puede hacerlo por los siguientes medios:

A través del Sistema Electrónico Infomex: www.infomexdf.org.mx
Por el correo de Transparencia:
  oip@rtp.gob.mx
  oiprtp@hotmail.com

Artículo 13. Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley.

Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Todas las áreas de RTP

Artículo 14. Al inicio de cada año, los Entes Públicos deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

I.
 

Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección Jurídica y Dirección de Administración

   
II.
 

Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración

   
III.
  Validación: Trimestral:
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
IV.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
V.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
VI.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
VII.
Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de su encargo o comisión;
 
Las partidas presupuestales que hace referencia a estos conceptos no se han aperturado durante este ejercicio y los anteriores
  Fecha de validación: 16 de agosto de 2010
   
VIII.
  Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
IX. (La fracción aparece vacía en la publicación de la Gaceta Oficial)
   
X.
  a)
  b)
Los montos destinados a gastos relativos a Comunicación Social;
La partida presupuestal que hace referencia a este concepto no se ha aperturado durante este ejercicio y los anteriores
  c)
El presupuesto de egresos y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales;
No aplica para RTP, de acuerdo a su normatividad interna
  d) Las bases de cálculo de los ingresos;
No aplica para RTP, de acuerdo a su normatividad interna
  e) Los informes de cuenta pública;
  f) Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos; y
No aplica para RTP, ya que desde su creación nunca se han manejado estos conceptos
  g) Estados financieros y balances generales, cuando así proceda;
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
XI.

La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comisiones y sesiones de trabajo a que se convoquen. Se deberán difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones en los términos del artículo 37 de esta Ley;

  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración, Dirección Jurídica y Oficina de Información Pública
   
XII.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Oficina de Información Pública
   
XIII.
  Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
XIV.
  Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Oficina de Información Pública
   
XV. Con respecto a las auditorías y revisiones, un informe que contenga lo siguiente;
  a)
Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Públicos.
  b)
El número y tipo de auditorías a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;
  c)
Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoría por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y
  d)
Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Público.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas y Dirección de Administración
   
XVI.
Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;
No aplica para RTP, esta información es generada por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
  Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
   
XVII.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración
   
XVIII.
Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
No aplica para RTP, este organismo público descentralizado no maneja la figura jurídica de la concesión, permiso o autorización.
  Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
   
XIX.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas y Oficina de Información Pública
   
XX.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Operación
   
XXI.
Sobre los programas de apoyo o subsidio deberá difundirse el diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias;
RTP es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio y no tiene destinado monto alguno por concepto de subsidios.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Operación
   
XXII.
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas a quienes, por cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos. Asimismo, cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
RTP no ha entregado a la fecha, recursos públicos a persona alguna
  Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
   
XXIII.
La relacionada con los programas y centros destinados a la prática de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades;
No aplica para RTP, ya que no administra programas o centros deportivos
  Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
   
XXIV.
  Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
XXV.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
XXVI. Cuenta Pública; y
  Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
XXVII.
  a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
  1. La convocatoria o invitación emitida;
  2. Los participantes o invitados;
  3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
  4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de sus ejecución;
  5.
  6.
  b) De las adjudicaciones directas:
  1. Los motivos y fundamentos legales aplicados;
  2. En su caso, las cotizaciones consideradas;
  3. El nombre de la persona adjudicada;
  4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de sus ejecución;
  5.
  6.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración

Artículo 15. Además de lo señalado en el artículo 14, el Organo Ejecutivo, al inicio de cada año deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
I.
Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia;
No aplica, RTP no genera, administra o detenta información al respecto (para consultar la información que la pgjdf.gob.mx tiene sobre este rubro haga click aquí)
   
II.

En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo;
No aplica, RTP no genera, administra o detenta información al respecto (para consultar la información que la pgjdf.gob.mx tiene sobre este rubro haga click aquí)

   
III.
Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron;
No aplica, RTP no genera, administra o detenta información al respecto (para consultar la información que la secretaría de finanzas.gob.mx tiene sobre este rubro haga click aquí)
   
IV.
Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones;
No aplica, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 fracciones IV y XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica del Gobierno del Distrito Federal consejeria.df.gob.mx
   
V.
El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública;
No aplica, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 fracción XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica del Gobierno del Distrito Federal
consejeria.df.gob.mx
   
VI.
Los listados de las personas que han recibido excensiones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local, cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;
No aplica, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal
finanzas.df.gob.mx
   
VII.
El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva;
No aplica, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica del Gobierno del Distrito Federal
consejeria.df.gob.mx
   
VIII.
Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado;
Hasta la fecha, RTP no ha celebrado convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado.
   
IX.
  Validación: Trimestral
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Finanzas
   
X.
La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.
La información que actualmente es considerada relevante y de utilidad para la ciudadanía, que detenta este organismo, ha quedado debidamente publicada en los diferentes numerales en que se contienen las obligaciones de transparencia de la Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal

Artículo 29. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo

Validación: Anual
Fecha de validación: 11 de agosto de 2010
La información proporcionada es generada por: Dirección de Administración, Dirección Jurídica, Dirección de Finanzas, Dirección de Operación y Oficina de Información Pública

RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL D.F.
Serapio Rendón No. 114, Col. Sn. Rafael, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06470, México, D.F.